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La imagen del cantante Enrique Iglesias herido tras intentar capturar un dron durante un concierto ha dado la vuelta al mundo, poniendo de actualidad el uso debido o indebido de estos aparatos, al mismo tiempo que ha abierto un debate sobre la legislación del mismo. También otras informaciones aparecidas en los medios, como el intento de sobrevolar la residencia del rey Felipe VI con un dron ha hecho que aún más este tema esté sobre la palestra.
Actualmente, el uso profesional o comercial de estos aparatos está regulado por el Ministerio de Fomento a través del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, dónde aparecen recogidas las pautas para su uso profesional. Eso sí, deja en el aire su regulación cuando se trata de un elemento de recreo, que se rige bajo la normativa del aeromodelismo.
La norma establece que el dron debe de estar matriculado, disponer de un manuel de operaciones y un programa de mantenimiento. En cuanto a su uso, especifica que pueden utilizarse durante el día, en zonas inhabilitadas y lejos de aeropuertos, o en espacios cerrados si se emplean en ciudad. Y es que las infracciones con este tipo de aparatos pueden salir caras, cuyas sanciones oscilan entre 4.000 y 60.000 euros.
La legislación también apunta a que la responsabilidad civil de su uso profesional debe de estar avalada por un seguro que permita cubrir los daños materiales y personales que puedan ocasionar durante su vuelo o con un accidente, lo que supone para el "piloto" incurrir en responsabilidades civiles y penales. En este sentido, las aseguradoras aún están en proceso de crear productos específicos para los drones, y por ahora están ofertando sólo pólizas para daños a terceros; es decir, los posibles daños que sufra el aparato quedan excluidos, algo bastante interesante de analizar si su uso es profesional, ya que la inversión media en este tipo de aparatos de alta gama ronda los 6.000 euros.
Según distintas aseguradoras, en la actualidad son las empresas de pequeño y mediano tamaño las que están demandando coberturas para desarrollar una labor comercial con estos aparatos, que además deben estar autorizados, tanto el "piloto" como el propio dron, por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.