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Se trata de una de las novedades de la nueva Ley General Tributaria y busca ser un ejemplo para aquellos que no saldan sus cuentas con Hacienda. Se trata de una norma que pretende publicar a finales de año un listado de aquellas empresas y particulares que tengan deudas con el fisco, eso sí, superiores a un millón de euros, y que no hayan sido abonadas en el plazo voluntario.
Este proceso marca una serie de medidas para proteger los derechos de los contribuyentes, ya que su carácter pretende ser disuasorio ante los impagos más que sancionador; por ello, contempla un periodo de gracia, que se desarrollará durante el primer semestre del año, para poder saldar la deuda con la Agencia Tributaria; también se aplicarán una serie de medidas para evitar que los listados de morosos aparezcan en Internet; así, la ley establece que la publicación de los nombres se efectuará por medios electrónicos pero advierte que deberán adoptarse "las medidas necesarias" para impedir su indexación a través de los motores de búsqueda en la red.
Otro de los aspectos que pretenden guardar la integridad del deudor tiene que ver con el periodo de publicación; en este sentido, los listados de morosos dejarán de poder consultarse una vez transcurridos tres meses desde la fecha de publicación. Tanto este punto como la imposibilidad de indexación de Internet buscan que, si el deudor salda su deuda y abandona su condición morosa, no tenga que ver estigmatizado su nombre por esta falta durante un tiempo alargado.